El plazo para que los jubilados mutualistas soliciten la devolución del IRPF pagado en exceso está a punto de finalizar. La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario en su sede electrónica para facilitar este proceso, que afecta a aquellos que cotizaron a antiguas mutualidades laborales entre 1967 y 1978.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Los jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutuas laborales de previsión social, posteriormente asumidas por la Seguridad Social, pueden solicitar la devolución del IRPF correspondiente a los ejercicios fiscales no prescritos, es decir, de 2019 a 2023. Esta devolución también puede ser solicitada por los herederos de los mutualistas fallecidos.
¿Cómo solicitar la devolución?
Para solicitar la devolución, los interesados deben acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y completar el formulario habilitado para este fin. Es importante tener a mano toda la documentación que respalde las cotizaciones realizadas, aunque inicialmente no se requiere adjuntar ningún documento adicional.
Plazo para la solicitud
El plazo para presentar la solicitud de devolución finaliza el 30 de junio de 2024. Es crucial que los interesados completen el proceso antes de esta fecha para evitar perder el derecho a la devolución.
Beneficios de la devolución
La devolución del IRPF puede suponer un alivio económico significativo para muchos jubilados, ya que en algunos casos, las cantidades a devolver pueden ascender a miles de euros. Además, la Agencia Tributaria ha incorporado automáticamente las devoluciones en los borradores de la Renta 2023 para aquellos que ya han recibido una resolución estimatoria de solicitudes de rectificación de ejercicios anteriores.
Conclusión
No dejes pasar esta oportunidad. Si eres un jubilado mutualista o heredero de uno, asegúrate de solicitar la devolución del IRPF antes del 30 de junio de 2024. Para más información y para acceder al formulario, visita la sede electrónica de la Agencia Tributaria.